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La SCJN invalidó el artículo del Código Civil de Baja California Sur con el que se impedía que los menores de edad pudieran solicitar el cambio de género en su acta de nacimiento
La persona que así lo desee, podrá cambiar de género sin tener que recibir ningún tipo de atención psicológica, sólo debe solicitarlo al Registro Civil
En la Oficialía del Registro Civil de esta ciudad y puerto de Altamira se dio el primer cambio de identidad de una personal del sexo masculino a femenino