/ martes 5 de mayo de 2020

Se prorrogarán servicios médicos a beneficiarios con alguna enfermedad: IMSS

La medida estará habilitada por un lapso de 60 días, en tanto concluye la emergencia sanitaria por Covid-19.

El instituto Mexicano del Seguro Social anunció que se prorrogarán los servicios médicos a beneficiarios hijos de asegurados o pensionados que presenten alguna enfermedad incapacitante y próximos a cumplir 16 años de edad.

La medida estará habilitada por un lapso de 60 días, en tanto concluye la emergencia sanitaria por Covid-19.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha implementado una estrategia para garantizar la atención médica de beneficiarios hijos de asegurados o pensionados que tienen alguna enfermedad incapacitante y que están próximos a cumplir los 16 años de edad.

A través de esta acción se busca proteger la salud de las personas vulnerables por Covid-19, y garantizar la atención médica al citado sector derechohabiente.

Se otorgará una prórroga de los servicios médicos a los beneficiarios por un lapso de 60 días, en tanto concluye el periodo de emergencia sanitaria. Posteriormente se realizará la valoración presencial del beneficiario en los servicios de Salud en el Trabajo y se emitirá el dictamen correspondiente.

Las personas interesadas deberán realizar la solicitud de prórroga de atención médica a través del centro telefónico institucional 800 623 2323 en horario de 08:00 a 20:00 horas.

El servicio del centro telefónico solicitará información de la persona asegurada o pensionada y del beneficiario, por lo que se requiere tener los siguientes datos a la mano: nombre completo del asegurado y el beneficiario, CURP, Número de Seguridad Social, teléfono de contacto fijo y celular, correo electrónico, diagnóstico y si el beneficiario ha recibido atención médica institucional.

Para poder obtener los beneficios de este programa es necesario que la persona asegurada esté registrada como trabajador vigente y dada de alta en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponde, así como el beneficiario incapacitado.

Los datos emitidos y estatus del asegurado serán revisados por la Coordinación de Clasificación de Empresas y Vigencia de Derechos; de cumplir con la normatividad se otorgará la prórroga de los servicios médicos.

La respuesta a su solicitud se le hará saber a través del mismo centro telefónico en un plazo no mayor a 10 días hábiles.


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El instituto Mexicano del Seguro Social anunció que se prorrogarán los servicios médicos a beneficiarios hijos de asegurados o pensionados que presenten alguna enfermedad incapacitante y próximos a cumplir 16 años de edad.

La medida estará habilitada por un lapso de 60 días, en tanto concluye la emergencia sanitaria por Covid-19.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha implementado una estrategia para garantizar la atención médica de beneficiarios hijos de asegurados o pensionados que tienen alguna enfermedad incapacitante y que están próximos a cumplir los 16 años de edad.

A través de esta acción se busca proteger la salud de las personas vulnerables por Covid-19, y garantizar la atención médica al citado sector derechohabiente.

Se otorgará una prórroga de los servicios médicos a los beneficiarios por un lapso de 60 días, en tanto concluye el periodo de emergencia sanitaria. Posteriormente se realizará la valoración presencial del beneficiario en los servicios de Salud en el Trabajo y se emitirá el dictamen correspondiente.

Las personas interesadas deberán realizar la solicitud de prórroga de atención médica a través del centro telefónico institucional 800 623 2323 en horario de 08:00 a 20:00 horas.

El servicio del centro telefónico solicitará información de la persona asegurada o pensionada y del beneficiario, por lo que se requiere tener los siguientes datos a la mano: nombre completo del asegurado y el beneficiario, CURP, Número de Seguridad Social, teléfono de contacto fijo y celular, correo electrónico, diagnóstico y si el beneficiario ha recibido atención médica institucional.

Para poder obtener los beneficios de este programa es necesario que la persona asegurada esté registrada como trabajador vigente y dada de alta en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponde, así como el beneficiario incapacitado.

Los datos emitidos y estatus del asegurado serán revisados por la Coordinación de Clasificación de Empresas y Vigencia de Derechos; de cumplir con la normatividad se otorgará la prórroga de los servicios médicos.

La respuesta a su solicitud se le hará saber a través del mismo centro telefónico en un plazo no mayor a 10 días hábiles.


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