Al final de cada ciclo escolar, se termina con una cartera vencida del 27% al 33% en colegiaturas, según datos de la Asociación Nacional de Escuelas Particulares en la República Mexicana A.C y para atender dicho problema, la Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor que plantea suspender el servicio a quienes deban tres meses, o más de colegiatura.
Por su parte, los prestadores de servicios educativos no podrán condicionar la entrega de documentación académica al pago de colegiaturas, ni podrán incrementar los montos en el transcurso del ciclo escolar, o establecer cuotas extraordinarias
En el dictamen se argumenta que se “da certeza jurídica a los consumidores de que los prestadores de servicios educativos particulares deberán cumplir la obligación de informar y respetar los precios ofrecidos, y prohíbe incrementar las tarifas durante el ciclo escolar correspondiente”.
Si incumplen los dispuestos anteriores, se harán acreedores a multas desde 488.74 pesos hasta un millón 563 mil 957.06 pesos.
Por su parte, Alfonso Arellano, presidente de la Asociación Nacional de Escuelas Particulares en la República Mexicana A.C. (ANEP), señala que las escuelas, como proveedores de servicios, adquieren las facultades de una empresa.
Si ya somos empresas, explica Arellano, “ahora podemos iniciar juicios con padres de familia que no pagan, hacer reportes al buró de crédito, hacer contratos de un año, definir las condiciones de nuestro personal. Los legisladores no lo pensaron muy bien”, advirtió en entrevista con El Sol de México.
Con las nuevas disposiciones, las escuelas privadas ya no otorgarán becas del 5% como beneficio social, remarcó.
El presidente de la ANEP dijo que todo esto ya se estaba haciendo a través del acuerdo, pero falta certeza jurídica.
Descartó que estas medidas vayan en detrimento del sistema educativo nacional: “lo que va a pasar es que las escuelas más chiquitas van a desaparecer en un periodo corto. No se pierde el alumno del sistema educativo privado. Nosotros representamos solo el 5% del sistema educativo nacional. Sí verán los padres de familia que pagan un sistema educativo privado una afectación con las disposiciones, el aumento será de entre 15 y 17% en las colegiaturas por las cargas fiscales”.
Por su parte, Delfina Gómez Álvarez, diputada de Morena, mencionó que esta iniciativa debilita el derecho que contempla el artículo 3º constitucional y la idea de escuela pública. “La mayoría de las modificaciones que se incorporan a esta ley legalizan prácticas indebidas que durante mucho tiempo se han querido impedir, como es la lesiva costumbre de suspender el servicio educativo a los alumnos por falta de pago, y en muchos casos exhibir en listas públicas a los alumnos que adeudan colegiaturas”.
Estas prácticas, dijo, atentan contra el interés superior de la niñez y, además, promueven la discriminación y el bullying, “afectando a quien menos deberíamos fastidiar o molestar, como son los educandos, por lo que el dictamen que el día de hoy se pone a consideración es insuficiente”.
Mientras tanto, Leonardo García, representante de la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF), dijo que dicho dictamen es una “ley justa para las escuelas que brindan su servicio, ya que viven de las colegiaturas. Esto obedece a que la inmensa mayoría de las escuelas particulares brindan servicios a alumnos que no son de niveles educativos altos. Solo el 10% es de nivel alto, los demás son medio o bajo bajo, y tener alumnos sin pago de colegiatura, se vuelve un problema de subsistencia para ellas”.
García Camarena señaló que desde “hace mucho tiempo la UNPF ha pedido la deducibilidad de las colegiaturas. Nos parece más sensato. Hay escuelas cuyo ingreso es verdaderamente raquítico y su atención es de calidad, seguramente habrá otras en las que no tengan ese perfil, pero no es el caso de la gran mayoría”.
Las modificaciones a los artículos 7 y 127 de Ley Federal de Protección al Consumidor, aprobado en un dictamen este jueves en la Cámara de Diputados y remitida al Senado de la República para sus efectos constitucionales.