La principal lección que se debe de aprender del Covid-19, es la importancia de brindar seguridad en salud a la familia, para acceder de manera inmediata a los servicios en los tres niveles de atención y prevenir decesos en los seres amados.
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Por lo que en medio de esta pandemia cobra relevancia el programa de Seguro de Salud para la Familia que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a personas que no cuentan con un esquema de seguridad social a través de su empresa laboral.
De acuerdo a lo informado por la vocería del instituto, el servicio integra la asistencia médica quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, mediante el pago de cuotas anuales anticipadas, que puede ser de manera individual o colectiva y que garantiza la cobertura a mexicanos que laboran en el extranjero.
En información otorgada a este medio, se explicó que el trámite debe ser realizado por el titular de la familia y en caso de estar en el extranjero, a través de un representante legal con una carta poder, y aunque de manera ordinaria, este se realiza en las oficinas de la subdelegación que corresponde a cada ciudad, con la contingencia sanitaria, se aprobó su realización en línea de manera gratuita.
PAGOS Y DERECHOS
Para acceder el seguro, se debe realizar el pago anual anticipado y para su renovación, es necesario aportar la anualidad 30 días antes del vencimiento con derecho a renovación de manera extemporánea 45 días después, únicamente en caso de que se haya adquirido un padecimiento.
El IMSS expone que la cuota varía según la edad, yendo de $4,650 a 12 mil 750 pesos para mayores de 80 años de vida, estos montos cambian en febrero de cada año.
Este seguro no aplica en personas que presentan enfermedades preexistentes, como tumores malignos, complicaciones por diabetes, guacher, padecimientos del hígado, insuficiencia renal crónica, valcupotías cardíacas, insuficiencia cardíaca, secuelas de cardiopatía isquémica, pulmonar obstructiva, adicciones al alcoholismo y toxicomanías, trastornos mentales, congénitas y VIH.
REQUISITOS PARA EL ALTA
Para la contratación del servicio, es necesario presentar copia de acta de matrimonio, identificación oficial vigente, CURP, pago de la anualidad por cada integrante del grupo, acta de nacimiento y comprobante de domicilio, de todo se deberá tener copia y original.
Además se debe de realizar un cuestionario médico que es proporcionado por la unidad de salud y forma parte de los requisitos obligatorios, en donde se pide información sobre hábitos personales, historial de enfermedades y se dan a conocer las condiciones de contratación.
MÁS QUE SERVICIO MÉDICO
Los representantes del Seguro Social señalan que este servicio permite a aquellas personas que pierden su empleo mantener el acceso a los servicios de salud y que si se añade el de continuación voluntaria en el Régimen Obligatorio, se puede continuar realizando aportaciones a su cuenta individual de retiro.
“En el caso de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, se cubre al extrabajador en el ramo de invalidez y vida, y en retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Lo que se busca es que se siga cotizando a la cuenta individual para seguir acumulando semanas de cotización y continuar aportando a la cuenta individual, con el propósito de no perder derechos y eventualmente mejorar la pensión de las personas que perdieron su empleo”, apunta la vocería.
Estos dos trámites forman parte de los cinco esquemas que ofrece el IMSS para garantizar la salud entre la población activa y sin afiliación por medio del patrón. La línea de atención telefónica es 800 623-23-23 de lunes a viernes de ocho de la mañana a ocho de la noche y la página oficial del IMSS.