Recientemente, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se anunció los cambios relacionados con la NOM-173-SE-2021, por lo que se decretó que la nueva Ley de Etiquetado de Bebidas entrará en vigor en 2023, ¿pero esto qué significa y qué cambios traerá?
De acuerdo con las autoridades, las modificaciones tendrán como objetivo verificar que el jugo, agua de coco, néctar y bebidas no alcohólicas con un contenido de vegetal o fruta que se comercializan en México contengan realmente lo que dicen en sus etiquetas para los productos preenvasados destinados al consumidor final.
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Este nuevo proyecto que entrará en vigor el 1 de enero de 2023 sustituirá a la NOM-173.
Por ello, Julián Molina, líder del sector Connectivity & Products de SGS México, empresa líder mundial en pruebas, inspecciones y certificaciones, recomienda a la industria alimentaria que se mantenga actualizada tanto en la NOM-173-SE-2021 como en los posibles cambios a la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, etiquetado nutrimental para productos comestibles procesados que entró en vigor el pasado 1 de octubre de 2020.
¿Para qué sirve el etiquetado de bebidas impuesto por el gobierno en México?
“Eso para crear un mejor entendimiento entre la población sobre el impacto en su salud al ingerir alimentos y bebidas con exceso en azúcar, grasas saturadas, grasas trans, sodio y calorías”.
Mientras que el proyecto de la NOM-173-SE-2021 es relevante para la industria alimentaria que le interese exportar o importar productos agroalimentarios mexicanos a los que aplica con el fin de cumplir con los estándares internacionales establecidos en el Tratado Comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) y evitar posibles “inmovilizaciones de productos” hasta su nuevo reetiquetado.
¿Qué dice la NOM-173-SE-2021 respecto a las bebidas? Abarca desde jugos hasta purés y pulpas
Una de las reglas que establece la NOM-173-SE-2021 es que los néctares deberán contener un 25% de jugo, puré o pulpa para poder denominarse como tales.
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Además, las bebidas saborizadas deberán de informar el porcentaje real de vegetal, fruta, agua de coco, u hortaliza que contienen.
También establece que los jugos no podrán contener espesantes, azucares añadidos, colorantes, edulcorantes, saborizantes ni acidulantes.
Las autoridades vieron necesario este cambio pues la regulación actual, no contempla a las bebidas que han aparecido en el transcurso de los últimos años y que compiten en el mismo mercado.
Esta nueva norma hace una clasificación de denominaciones comerciales de las bebidas y entrará en vigor en el 2023.