Embargan a alcalde de Ozuluama

El Juez de Distrito iniciará el procedimiento para la separación del cargo y consignar por el delito de abuso de autoridad a los ediles

Alfredo Márquez

  · martes 17 de septiembre de 2019

OZULUAMA, Ver., Septiembre 17.- Embargan al alcalde de Ozuluama Armando Antonio Gómez Betancourt, una propiedad por incumplir pagos por concepto de indemnizaciones por más de 10 millones de pesos a empleados municipales que fueron despedidos de forma injustificada y por el desacato a la ordenanza de un juez federal.

En el Registro Público de la Propiedad se procedió a la inscripción del embargo del bien inmueble al presidente municipal Armando Antonio Gómez Betancourt, como resultado de la multa impuesta por el tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Veracruz, según consta en el expediente 471/2008-III, fechado el 13 de marzo de 2019, el mandamiento de ejecución folio 002/AAGB/MJ/JUN/2019 con fecha 17 de junio y el acta de requerimiento de pago y embargo No. 002/REQ/PAGO/MJ/JUN/2019 de fecha 18 de junio 2019.

Para los integrantes del cuerpo edilicio se procedió a través de Hacienda del Estado a la aplicación de multas por lo que incluye esa sanción a Daniela Sosa Sosa, sindica única; Guadalupe del Carmen Castellanos Nieto, regidora primera; Elías Campillo San Martín, regidor segundo; Jorge Enrique Delgado Sosa, regidor tercero, por desacato al ordenamiento del juez federal.

En el laudo laboral se indicó la desincorporación de bienes de uso común o los efectos a un servicio público, para convertirlos en bienes de dominio privado, previa autorización del Congreso, o en su caso de la Diputación Permanente, para poder liquidar los adeudos a los actores.

Los continuos llamados al presidente municipal y el cabildo para llegar a un acuerdo satisfactorio no tuvieron respuesta, evidencia que el ayuntamiento jamás mostró disposición para saldar estos pendientes de pago, indiferencia que costó el embargo y una multa, y que los mantiene a un paso de prisión por evadir las disposiciones de las autoridades laborales y los magistrados en materia.