Seguramente conoces a alguien que se niega o le niegan el pago de la pensión alimenticia derivado de una separación matrimonial, quienes deben tomar en cuenta que ya lo pueden boletinar en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios.
La inscripción a esta base de datos puede darse en caso que el individuo en un lapso de tres meses no cumpla con sus obligaciones, por lo que la pareja tendrá la opción de solicitar ante un juez que sea incluido en esta lista.
El Registro Nacional de Deudores Alimentarios concentra la información de morosos y cuya consulta será requisito para realizar trámites y obtener documentos de identidad, representando un obstáculo legal para quienes aparezcan en esta, ante la modificación a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
¿Quiénes son los deudores alimentarios moroso?
Los deudores alimentario morosos son las personas que están obligados a proporcionar alimentos que han dejado de cumplir por un periodo de tres meses.
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La sanción más importante es que incurren en una responsabilidad de tipo penal, es decir se configura un delito llamado abandono de obligaciones alimenticias, por la cual se puede imponer desde una pena privada de libertad conmutable con una sanción administrativa, dijo el abogado Alejandro Corona Turrubiates.
Explicó que, subsisten los derechos de convivencia con los acreedores alimentarios, tales como ver y convivir con tus hijos, los cuales pueden ser negados por un juez, sino cumples con la obligación de dar alimentos previo una sentencia judicial que así lo determine.
Ahora los Deudores Alimentarios se enfrentan a una reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el lunes 29 de Mayo del 2023, en la que estas personas pueden ser incluidos en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios.
Este será público y se actualizará mensualmente con las personas que adeuden pensiones mayores a 90 días, en donde podrán exhibir el nombre y la CURP del involucrado, el órgano que ordenó la inscripción, el momento de la obligación alimentaria y el plazo del pago.
Lo que no podrán hacer los deudores alimentarios
La reforma contempla la creación de un certificado de no inscripción, documento que acreditará a la persona en cuestión como libre de obligaciones incumplidas, un requisito que solicitarán distintas instituciones gubernamentales para obtener documentos de identidad, pasaporte y licencia para conducir, realizar trámites relacionados con la compra y venta de inmuebles ante notario público o la transmisión de derechos de propiedad.
Otro dato muy importante es que no podrán ser candidatos a cargos de elección popular ni participar como aspirantes a jueces locales y federales.
Además, todas las personas que pretendan contraer matrimonio deberán acreditar la no inscripción frente al Registro Civil y los deudores enfrentarán restricciones migratorias, siempre que existan argumentos que sugieren su salida del país como un medio de evasión de su deuda.
El gobierno habilitará un sitio web para consultar el estado de cualquier persona en el registro, mismo que expedirá certificados automáticos a los interesados.
Por su parte, Eustacio Reyes Hernández, abogado y conocedor de este tema recalcó que la madre tiene que acreditar la necesidad económica para la manutención de los hijos que se tuvieron dentro de la unión de la pareja, además de la posibilidad económica del deudor alimentario, por lo que una vez que se dicte sentencia el Juez de lo Civil deberá ordenar a que cumpla voluntariamente, pero si este no lo hace en un lapso de tres meses inmediatamente le solicitas a la autoridad se ingrese al Registro Nacional de Deudores Alimentarios.
Para Tamaulipas el órgano encargado para llevar el control y registro de estos deudores alimentarios es el Registro Civil de cada municipio, tomando en consideración la igual que existe entre el hombre y la mujer esto va encaminado para los dos, ya que el derecho y la obligación de los alimentos les corresponde a ambos y también a los hijos hacia los padres.
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En ese sentido aquellas personas que se sientan lesionados por la omisión de esta obligación pueden acudir a promover sus alimentos definitivos, provisionales y solicitar el Registro Nacional de Deudores Alimentarios.
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Este es un gran paso para que los deudores no queden en total impunidad y sigan sin tener repercusiones por el incumplimiento de sus obligaciones, además de que según las estadísticas el mayor porcentaje de deudores son padres y no madres.