Por haber violado el Artículo 388 del Código Penal de Tamaulipas que habla sobre la Privación de los Derechos y otras Garantías Individuales, la supervisora escolar de la zona escolar 035, el director de la escuela primaria “Profra. Eusebia Banda Sevilla” e integrantes de la Sociedad de Padres de Familia podrían ser denunciados penalmente ante la Procuraduría General de Justicia de Tamaulipas (PGJE), al haber impedido el acceso a dicha institución educativa a dos niños en el inicio del ciclo escolar el pasado lunes 26 de agosto.
La exprocuradora del Sistema DIF de Altamira y Protección de los Derechos Humanos de los Niños Gabriela Berenice Ibarra Lozano, informó lo anterior al ser cuestionda en torno a la discriminación que asumieron desde los directivos escolares e integrantes de la Sociedad de Padres de Familia en contra de los niños Angelo y Erick, hijos del matrimonio de Erick Alejandro Avila Hots y Edith Oliver Rivera, al haberse negado a pagar las cuotas escolares.
“El Artículo 388 del Código Penal de Tamaulipas es donde se señala que todos los mexicanos no podremos ser víctimas de la cancelación, negación de nuestros derechos constitucionales, en este caso el derecho a la educación como lo marca el 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, explicó. La sanción penal que alcanzarían la supervisora escolar de la zona escolar 135, el director de la primaria “Eusebia Banda Sevilla” e integrantes de la Sociedad de Padres de Familia si la Procuraduría General de Justicia del Estado los llegara a encontrar responsables, sería de uno a cinco años de cárcel y una multa de 30 a 100 UMA.
Para la exprocuradora del Sistema DIF, en la acción que cometieron los integrantes de dicha institución educativa en contra de los niños Angelo que va a cuarto año y Erick a segundo grado “sí hubo un delito por parte de los directivos escolares y de los mismos padres de familia, pues se empleó una violencia moral, valiéndose de la intimidación de la mesa directiva hacia los papás".