“En la Ley General para el Control del Tabaco se especifica en el capítulo Único de Comercio, Distribución y Venta, dentro del artículo 16, dice que se prohíbe comerciar, distribuir o suministrar cigarrillos por unidad o en empaques que contengan menos de 14 ó más de 24 unidades o tabaco picado en bolsas menores a 10 gramos, por lo que se empezará un operativo de inspección”.
Señaló el coordinador de la Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS) de la Jurisdicción sanitaria II Alejandro Acevedo de la Garza, respecto a la venta de tabaco en diversos puestos semifijos en varios puntos de la zona, recordando que existen sanciones administrativas y económicas contra quienes no respeten esta disposición.
Ya se analiza, expuso, un operativo que se iniciará en breve para asegurar todo la mercancía que se expenda de este modo y notificar a quienes lo ofertan de manera ilegal que pueden ser objeto de sanciones de mil hasta 4 mil salarios mínimos, es decir la multa puede ser de 400 mil pesos.
Recordó que entre las obligaciones para quienes vendan productos de tabaco están mantener un anuncio situado en un lugar visible de que se prohíbe vender cigarros a menores, exhibir dentro del establecimiento publicidad sobre la advertencia de daños a la salud, entre otras.
Agrega que para los negocios está restringido inclusive regalar cigarros, ya que la ley sanciona a quienes los promuevan de este modo de forma unitaria, pudiendo ser sancionado las empresas que utilicen este tipo de promociones para vender algún producto del tabaco y sus derivados.
La nicotina que contienen los cigarrillos se ha convertido ya en la primera droga con la que experimentan los jóvenes, rebasando al alcohol, registrándose una baja en el rango de edad para iniciar con el habito hasta 11 años, situación que esta poniendo en alerta al sector salud.