La comercialización de cigarros sueltos se encuentra prohibida en México de acuerdo a la ley general de control de tabaco de la Secretaría de Salud, por lo que la detección de la venta de estos productos por unidad, en paquetes de menos de 14 o bolsas de menos de 10 gramos pueden alcanzar multas de hasta 400 mil pesos.
“Dentro de la ley general para el control del tabaco, en su capítulo único de comercio, distribución y venta, en el artículo 16 dice: se prohíbe comerciar, distribuir o vender o suministrar cigarrillos sueltos, por lo que se aplican sanciones económicas y administrativas a quienes comentan este delito”.
Expuso el coordinado jurisdiccional de la Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios con sede en Tampico, Alejandro Acevedo de la Garzam que “se iniciará en breve un operativo para asegurar todos los productos que se venden en esta modalidad" y que "quienes realicen esta actividad están sujetos a sanciones”.
Coepris alerta que También está prohibido comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco, entre estos los cigarros electrónicos.
Añade que “las leyes son públicas y cualquier comerciante o personas puede buscarlas en las páginas oficiales y verificar las normatividades y conocer que es lo que se puede y no hacer en cuanto a la venta de estos productos para que no se vea en situaciones de multas por este u otro motivo.