Las modificaciones al Código Fiscal de la Federación que entrarán en vigor en 2020 contiene candados que endurecen los requisitos del SAT para expedir la firma electrónica haciendo este trámite ya complicado, en extremadamente difícil, criticó la Federación de Cámaras de Comercio de Tamaulipas.
Christiaan Pérez Cosio Secretario Técnico de la Federación de Cámaras de Comercio de Tamaulipas, manifestó que así será más fácil sacar un permiso para arma de fuego que la firma electrónica del Servicio de Administración Tributaria.
Uno de los trámites más difíciles para un contribuyente es la obtención de la firma electrónica, al entregar datos de geolocalización, biometricos, huellas dactilares o lectura del iris del ojo pero como si esto no fuera poco con las modificaciones al Código Fiscal de la Federación, para 2020 no se otorgará la firma electrónica cuando se acrediten plenamente sus datos de identidad, domicilio y situación fiscal.
"Se trata de excesos, que pueden llevar a abusos y hasta discriminación por parte de la autoridad a los ciudadanos al negarles un derecho básico y universal como lo es poder tributar legalmente, solo por la pura presunción de que “algo esconden” señalo el abogado de los comerciantes.
Criticó el endurecimiento de las reglas fiscales, con el supuesto de limitar el manejo de efectivo y la evasión fiscal pero su rudeza seguramente tendrá un efecto adverso que regresara a la era de guardar el dinero bajo el colchón por miedo al terrorismo fiscal emanado desde el gobierno.
Explicó que las agresivas políticas en materia fiscal que está implantado el gobierno federal aunado a los riesgos de operar dentro de la “legalidad” podrían alentar masivamente a los empresarios a operar más con efectivo fuera de la vista de la SHCP y regresarnos a la época de guardar el dinero en efectivo y no en la banca.
La firma electrónica se conforma por un archivo electrónico en donde viene encriptada información del causante, como sus huellas digitales, fotografía de su iris y fotografía de su cara y es indispensable para poder facturar.
La iniciativa de decreto que regirá en 2020 propone modificar el quinto párrafo del artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación, para incorporar la facultad a la autoridad tributaria, de no otorgar una e.firma cuando los contribuyentes no proporcionen información suficiente;, además tampoco se expedirá cuando la información no pueda ser validada por el órgano desconcentrado