Las empresas de opinión electoral que operen en Tamaulipas están obligadas a informar ante el Ietam, el origen del financiamiento de su levantamiento de información y presentar por escrito, copia de sus metodologías y resultados finales de los citados trabajos para evitar falsedad en las mismas.
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Para el proceso electoral en Tamaulipas, están autorizadas nueve organizaciones políticas como PAN, PRI, PRD, Morena, Movimiento Ciudadano, Redes Sociales Progresistas, Encuentro Solidario, Verde Ecologista y partido del Trabajo.
En ese sentido, el Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam), señaló que las personas físicas o morales que pretendan llevar a cabo y publicar encuestas por muestreo o sondeos de opinión sobre preferencias electorales, deben estar registradas en tiempo y forma.
El organismo citado a cargo de Juan José Ramos Charre, informó que las empresas encuestadoras de opinión, deberán presentar a las autoridades electorales una copia del estudio completo que respalde la información de los trabajos realizados durante el presente Proceso Electoral Ordinario.
“Esto está dispuesto en el Capítulo VII del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral (INE), los reportes que sean enviados y remitidos a la autoridad electoral, serán únicamente todos aquellos trabajos que se hayan publicado y difundidos en los medios impresos”, señaló.
Explica que de igual manera, como lo establece el Reglamento de Elecciones del INE, deben notificar la autoría y financiamiento de la información que permitan identificar fehacientemente la persona física o moral que ordenó, realizó, publicó y/o difundió los estudios; la o las personas físicas o morales que patrocinaron o pagaron la encuesta o sondeo, quienes la diseñaron y los recursos económicos/financieros aplicados.
Asimismo, deberán incluir un informe sobre los recursos aplicados en la realización de la encuesta o sondeo de opinión, acompañado de la factura que respalda la contratación de la realización de dicha encuesta o sondeo de opinión (incluyendo el nombre de la persona física o moral que contrató el estudio), y explicitando el monto y proporción que hubiese sido efectivamente cubierto al momento de la publicación.