El Instituto Estatal Electoral de Tamaulipas lanzó la convocatoria ciudadana para fungir como observador electoral en la jornada cívica programada para el día domingo 06 de junio de 2021.
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Ese día, los residentes del estado con credencial para votar, tendrán el derecho de emitir con libertad su sufragio para renovar alcaldías municipales, diputaciones locales, así como congresistas federales.
Para ello, el organismo hace una serie de precisiones con el fin de que las personas interesadas en participar de esta manera, tengan conocimiento de ellas y procedan al cumplimiento integral de las mismas, las cuales pueden ser consultadas en la página de la dependencia.
Las personas que deseen ejercer su derecho a participar como observadoras y observadores electorales deben sujetarse a lo siguiente: Obtener su acreditación ante la autoridad electoral. Señalar en su escrito de solicitud sus datos de identificación personal y manifestación expresa de que se conducirá conforme a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad y sin vínculos a partidos u organización política alguna.
Se expone que deberán presentar su solicitud de forma personal o a través de la organización a la que pertenezcan ante las y los presidentes de los Consejos Locales o Distritales correspondientes del Instituto Nacional Electoral (INE) o en su caso, ante los órganos competentes del Instituto Electoral de Tamaulipas.
Entre los requisitos a cumplir, es ser ciudadano o ciudadana mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos. No ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales, de organización o de partido político alguno en los tres años anteriores a la elección.
Asimismo, se establece: "No ser, ni haber sido candidato o candidata a algún puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección, realizar los cursos de capacitación, preparación o información que impartan el INE y en su caso, Instituto Electoral de Tamaulipas las propias organizaciones a las que pertenezcan y no encontrarse en los supuestos de los artículos 205 y 206 del RE".