Cremación, destino de muertos por coronavirus

En Tamaulipas los restos deben de ser incinerados en las primeras doce horas de que ocurra el deceso

Nudia Toscano | El Sol de Tampico

  · lunes 20 de abril de 2020

La bolsa sanitaria que contenga el cadáver deberá estar sellada, podrá introducirse en el féretro normal | Cortesía

Los restos de quien fallezca a causa de coronavirus deberán ser incinerados, así lo establece el Gobierno del Estado de Tamaulipas en los Lineamientos para el Manejo, Transporte y Disposición de Cadáveres de Personas Fallecidas debido a la enfermedad generada por el Covid-19, publicados en el Periódico Oficial del Estado el pasado 3 de abril.

En el lugar donde ocurra el deceso, el cadáver deberá envolverse en una sábana desinfectada para introducirse en una bolsa sanitaria con cierre hermético y plastificado que una vez cerrada se rociará con desinfectante de uso hospitalario o solución de hipoclorito de sodio al 10%.

En Tamaulipas queda prohibida la realización de velación de difuntos en las funerarias y en el interior de los domicilios | José Tapia

Una vez en la funeraria queda prohibido el embalsamamiento y autopsia del cuerpo al ser clasificados como Residuos Peligrosos Biológicos Infecciosos (RPBI), auque se trate de casos clasificados como en investigación o probables de coronavirus, en todo momento deberá ser manipulado en la bolsa sellada que tendrá que llevar una fotografía e información de la persona.

En el capítulo quinto, se cita “el destino final será la inmediata incineración” conforme en el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos, sin permitir a los familiares el contacto con el cadáver ni su visualización, este tendrá que estar en un féretro sellado.

La cremación debe ejecutarse en un lapso no mayor a las 12 horas posterior a la muerte, quedando prohibida las celebraciones luctuosas incluyendo velorio y misas, en cualquier tipo de inmueble, así como el traslado internacional del cuerpo y las unidades que se utilicen para transportar los restos así como el área en donde se realice la cremación deberá sanitizarse con hipoclorito de sodio al 10%.

Esta disposición debe ser aplicada en cementerios, crematorios, funerarias y anfiteatros, con multas y sanciones para quienes incumplan en lo establecido.