A partir de las cero horas de este viernes 1 de mayo y hasta el 15 de agosto, estará vigente la veda temporal de todas las especies de camarón existentes en aguas marinas de la jurisdicción federal del Golfo de México, desde el río Bravo Tamaulipas hasta la desembocadura del rio Coatzacoalcos Veracruz, dirigidas a reducir el esfuerzo pesquero.
En los sistemas lagunarios estuarios, en esa franja comenzará el próximo miércoles 27 de mayo hasta el 11 de julio, tomando en cuenta la opinión técnica de Inapesca, informó la Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura en el Diario Oficial de la Federación publicado hoy.
El organismo informó que en Tamaulipas, la pesquería de camarón , es la más importante del Golfo de México desde el punto de vista social y económico, pues es la especie predominante en las capturas el camarón café (Farfantepenaeus aztecus) que aporta un 91% del total de producción, ya que el ciclo biológico de la especie propicia el desarrollo de una pesquería en dos fases, una sobre organismos juveniles en lagunas costeras y otra dirigida a organismos adultos en altamar.
Esta entidad federativa y Veracruz aportan el 74% de la producción total de camarón en el Golfo de México y Tamaulipas lo hace con el 88% y estado vecino con el 12% de ese total.
La captura promedio anual del marisco en ambos estados, en la última década (2009-2019) ha sido de alrededor de 11,379 toneladas, las cuales provienen tanto de laguna como de altamar.
En Tampico existe una flota de 182 barcos matriculados y son más de 9 mil los empleos directos e indirectos que dependen de esa industria.
FECHAS
Para el resto del Golfo de México, las vedas temporales estarán vigentes, del 1 de junio al 31 de octubre en las franjas costera frente a Campeche y Tabasco del 1 de mayo al 30 de septiembre para la pesquería del camarón siete barbas. Esa misma fecha se establece en la zona de Contoy.
A partir de las 00:00 horas del 1 de mayo hasta el 30 de septiembre, en los sistemas lagunarios estuarios Tabasco.
El organismo advirtió que quienes incumplan o contravengan el ordenamiento, se harán acreedoras a las sanciones que para el caso establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, y demás disposiciones legales aplicables y las personas que en la fecha de inicio de la veda en las aguas marinas y en los sistemas lagunarios estuarios de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, mantengan en existencia camarón proveniente de la pesca, en estado fresco, en hielado, congelado, cocido, seco o en cualquier otra forma de conservación, deberán formular inventario.