Quejas por cobros excesivos, conoce tus derechos y las limitantes de Profeco

Existen una serie de requisitos para presentar una queja por cobro excesivo

Víctor Alva | El Sol de Tampico

  · martes 12 de octubre de 2021

Puedes quejar de dos maneras, una de ellas puede ser presencial acudiendo a las oficinas más cercanas de la dependencia concertando a través del Programa de Citas por Teléfono | Cortesía: Pixabay

¿El producto o servicio no fue lo que esperabas o te cobraron más de lo acordado? Puedes quejarte ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), ya que son ellos quienes tienen la autoridad para darle seguimiento y solución a estos casos.

PROFECO: ATENCIÓN PRESENCIAL O EN LÍNEA

Puedes quejar de dos maneras, una de ellas puede ser presencial acudiendo a las oficinas más cercanas de la dependencia concertando a través del Programa de Citas por Teléfono (Procitel).

En la jurisdicción de Tampico el registro es de más de 40 mil contribuyentes en el RIF | Cortesía: Cuartoscuro

En caso de residir en el exterior, ingresa al sitio: Concilia desde el extranjero siempre y cuando el proveedor participe en Concilianet. Para mayores informes sobre ello, se pone a disposición el correo electrónico: asesoria@profeco.gob.mx.

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REQUISITOS PARA PRESENTAR LA QUEJA POR UN COBRO EXCESIVO

Entre los datos que debes proporcionar de manera clara están:

  • Nombre y domicilio del consumidor
  • Nombre y domicilio del proveedor que aparece en el contrato
  • Comprobantes o recibos del cargo
  • Descripción del problema y llenar el formato de recepción de queja

SUGERENCIAS PARA MEJORES RESULTADOS

Para mejores resultados, se te sugiere presentar además toda la documentación que tengas relacionada con tu reclamación (facturas, recibos, contratos, publicidad, entre otros) acompañados del Formato de recepción de queja en la Oficina de Defensa del Consumidor (Odeco).

¿EN QUÉ CASOS NO INTERVIENE PROFECO?

La Profeco no puede intervenir cuando el problema se derive de:

  • Una relación o contrato de trabajo
  • Prestación de servicios profesionales que no sean de carácter mercantil
  • En servicios prestados por sociedades de información crediticia
  • Servicios regulados por las leyes financieras que presten las instituciones y organizaciones cuya supervisión o vigilancia esté a cargo de las comisiones nacionales bancaria y de valores
  • Seguros y fianzas del Sistema de Ahorro para el Retiro o de cualquier órgano de regulación, de supervisión o de protección y defensa dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

¿QUÉ RESULTADOS SE PUEDEN LOGRAR A TU FAVOR EN PROFECO?

En caso de que tu queja sea procedente, la Procuraduría Federal del Consumidor dará inicio a un procedimiento conciliatorio que puede resultar en la restitución o devolución del monto pagado por el bien o servicio o, en su caso, el pago de una bonificación al consumidor.