Los datos recabados como la e.firma y su contraseña son un activo personal e intransferible, lo cual supone una mala gestión y un uso indebido de aplicaciones móviles de contabilidad y gestión fiscal, el riesgo de robo de datos es cada vez mayor porque más de 5 mil 220 millones de personas usan un teléfono móvil en la actualidad.
Y es que siempre ha existido un riesgo de fraude con la firma electrónica del SAT por ello recomiendan a los contribuyentes o representantes legales de las empresas que son los responsables de la guarda y custodia de la firma que tengan cuidado de no entregarla a cualquier persona.
“Se recomienda a los contadores de las empresas que a veces por su trabajo tienen que manejar la firma electrónica que tengan cuidado donde la guarden para que estas personas extrañas no vayan a tener acceso y hacer mal uso de la firma”, señaló Juan Ramón Salas, expresidente del Colegio de Contadores Públicos del sur de Tamaulipas.
Explicó que lo que hacen algunos contadores es que cuando un cliente nuevo llega, le cambian las claves o las contraseñas de la firma y si es necesario revocan la firma anterior y sacan una nueva, también un cliente se va del despacho, le recomiendan que haga lo mismo con el nuevo contador que le llevará su contabilidad par evitar cualquier tipo de situaciones incómodas.
“El mal uso de la firma puede consistir en que un tercero presente declaraciones con cantidades a cargo y ya quedan registradas en los sistemas del SAT o modificar las actividades del contribuyente, así como ahorita se ha estado comentando presentar declaraciones con saldos a favor y obtener dicho saldo”.
Aunque suene un poco extraño, ya que el Servicio de Atención Tributaria es muy hermético en las devoluciones de los saldos a favor del ISR anual.
“En virtud de que ahora se requiere a los contribuyentes de sueldos y salarios que tienen saldo a favor y han solicitado su devolución en la declaración anual, las constancias de retención de ISR de los patrones”.
Indicó que les están pidiendo los estados de cuenta bancaria en caso de que tengan deducciones por intereses de créditos hipotecarios, así como las constancias, aun cuando el Servicio de Administración Tributaria ya refleje en su declaración prellenada dichos importes lo cual hace constar que ya tienen esa información en sus sistemas, sin embargo, aun así lo requieren a los contribuyentes.