Este 2023 vienen algunos cambios fiscales, uno de ello es que la fecha límite para refacturar comprobantes fiscales digitales con datos del 2022, es el próximo 28 de febrero del presente.
Si tienes que facturar de nuevo un comprobante fiscal emitido en 2022, por algún error o cargo incorrecto, para realizarlo debe ser antes de la fecha establecida como plazo.
Desde el mes de marzo la factura saldrá con fecha del 2023
Empresas de telecomunicaciones y tiendas comerciales están avisando a sus clientes de los tiempos que se deben cumplir.
Juan Ramón Salas, expresidente del Colegio de Contadores Públicos en Tampico, explicó que al timbrar una factura se le pone un sello digital que certifica y le da validez por medio de un proveedor autorizado de certificación (PAC), que tiene un permiso del Servicio de Atención Tributaria (SAT).
El contribuyente que no haga el cambio antes del 28 de febrero no podrá presentar la factura como válida para efectos fiscales del 2022.
Y no podrá usarla en la declaración de impuestos del 2022 o para la devolución de impuestos.
“Es igual que con la nómina, se tiene que actualizar el timbrado, si hay errores en su facturación los puede corregir, es una facilidad que se tiene y que la autoridad les está dando a los contribuyentes para corregir su factura a tiempo, ya después de esa fecha no van a poder hacerlo”.
¿Cuál es la nueva facturación del SAT?
Uno de los cambios fiscales de este 2023 es la nueva versión de facturación del Servicio de Atención Tributaria (SAT).
"Cambian los requisitos y es más control por parte de la autoridad en este nuevo sistema".
El plazo de obligatoriedad se extendió hasta el 31 de marzo de este año, donde se debe incluir el nombre o razón social y código postal del domicilio fiscal de emisor y receptor.
Además, se debe incluir de manera obligatoria el régimen fiscal del receptor, y se incluyeron nuevos campos para identificar las operaciones en las que exista exportación de mercancías.
La versión 4.0 se le incorporaron nuevos apartados para reportar si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
Así como nuevos apartados para reportar datos por facturación al público en general o a nombre de terceros.
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También se vuelve obligatorio especificar el motivo de cancelación de facturas y solo se podrán cancelar los comprobantes correspondientes al ejercicio fiscal en curso.
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Recuerda que los cambios en las facturas están por vencer y debes avisar a tu proveedor antes del plazo estimado.