Algunas mujeres después del matrimonio suelen modificar su nombre, agregando la preposición “de” seguida del apellido de su esposo. Al parecer esta costumbre, de uso extendido en México, puede ocasionar problemas jurídicos. ¿En términos legales es válido o no utilizar esta partícula? ¿Qué consecuencias conlleva hacerlo? Hablamos con una abogada al respecto.
Se presume que el empleo de la preposición “de” es un derivado de lo que en derecho romano se conoció como “cum manu” y “sine manu”. Las bases de la democracia moderna fueron establecidas por los griegos, más tarde retomadas y difundidas a gran escala por el Imperio de Roma.
Los problemas de usar la partícula “de”
Imaginemos el siguiente escenario: María Hernández García se casó con Juan Martínez López. Cuando sus dos hijos nacieron, ella los registró usando el nombre de María Hernández de Martínez.
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Mucho tiempo después, la señora fallece sin dejar testamento y con una propiedad a su nombre. Sus hijos intentan hacerse con el inmueble para dividirlo a partes iguales. Solo hay un problema.
La propiedad pertenece, y así consta ante el registro público de la ciudad, a María Hernández García. Legalmente la mamá de los dos jóvenes, y así consta ante el registro civil, es María Hernández de Martínez. Ante la ley, se tratan de dos personas diferentes. Entonces, ¿qué es lo que se tiene que hacer?
“En ese caso hipotético que planteas, que sucede muchas veces en la realidad, se necesitan hacer varias cosas. Primero, promover un juicio intestamentario ante notario. Segundo, hacer informaciones testimoniales. Tercero, realizar rectificación de las actas de nacimiento”, comenta María de Lourdes George, abogada, para EL SOL DE TAMPICO.
“El juez del caso va a solicitar información testimonial. Los hermanos tienen que presentar a dos testigos que demuestren conocer a la occisa, para que den fe de que María Hernández García es la misma persona que María Hernández de Martínez”, apunta la entrevistada.
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“Después los hermanos tendrán que asistir ante registro civil e iniciar el proceso de rectificación en sus actas de nacimiento, donde el nombre de la madre será cambiado de María Hernández de Martínez a María Hernández García”.
“Todo este proceso se lleva a cabo porque una persona solo puede tener una identidad legal, todos los documentos se deben homologar bajo el nombre original”, continúa la abogada.
¿Esta situación se pudo haber evitado?, pregunto. “Sí, sí la señora se hubiera identificado siempre con su nombre legal. El nombre ante la ley mexicana se conforma de al menos un apelativo seguido usualmente del apellido paterno y materno. La ley de este país no obliga a las mujeres a adquirir el apellido de los esposos”, prosigue George Rangole.
¿Qué es “cum manu” y “sine manu”?
De acuerdo al libro “Derecho Civil Mexicano” de Rafael Rojina Villegas, en el derecho romano la mujer siempre estaba bajo la patria potestad de un “pater familias”, usualmente su padre, hermano o esposo.
Al momento de casarse, la mujer podía hacerlo “cum manu” o“sine manu”. ¿Esto qué significa?
“En la antigua Roma, si durante la ceremonia de matrimonio, la mujer permitía que el hombre colocase su mano sobre su hombro significaba que se casaba “cum manu”. Es decir, todas las propiedades de ella pasaban a control de él”, explica la entrevistada.
“En cambio, si ella no permitía que el hombre pusiera su mano en su hombro, el matrimonio se efectuaba “sine manu”. Por lo cual, la fortuna de ella seguía a cargo de su “pater familias” original, ya fuese su padre, su hermano o incluso su tío”.
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“El derecho romano obligaba a las mujeres a depender de un hombre; la legislación mexicana no. En México la ley no le dice a la mujer que cuando se casa pasa a ser “de alguien”, afirma George Rangole.
“Habrá algunas mujeres que, por diversas razones, les guste usar la partícula “de”. Aunque se respeta la libertad de expresión; en documentos oficiales es necesario usar el nombre legal. Yo aconsejaría ampliamente usar siempre el nombre legal, para evitar confusiones a nivel jurídico”, concluye la entrevistada.
Entonces, ante la pregunta: “¿es válido en términos legales utilizar la preposición “de” y el apellido del esposo”, la respuesta de una abogada es “no”. ¿Tú qué opinas de la famosa y controvertida partícula “de”?