/ domingo 30 de junio de 2024

Verba luminis... palabras de luz / Eutanasia... ¿Derecho personal o crimen?

La eutanasia... ¿Derecho personal o crimen?, ¿Qué es la Eutanasia? Una de las definiciones es la terminación deliberada de la vida de un paciente en orden a prevenir posteriores sufrimientos. Se entiende como acción y omisión que por su naturaleza o en la intención causa la muerte con el fin de eliminar cualquier dolor, actos que realiza un tercero por motivos piadosos, para acabar con el sufrimiento de personas que se encuentren en estado vegetativo o por sufrir una enfermedad dolorosa y terminal.

Jurídicamente se encuentra publicada la ley de voluntad anticipada para el Distrito Federal ahora Ciudad de México y la ley protectora de la dignidad del enfermo terminal para el Estado de Coahuila, los cuales hacen referencia a documentos denominados testamento vitales, voluntades anticipadas o disposiciones previsoras, lo cual también ha sido adoptado en otros Estados de la república.

De lo que se trata es suprimir la vida de pacientes incurables, en fase terminal o de quienes padecen daño cerebral irreversible, por lo que es una manifestación de solidaridad y compasión. Toda persona tiene derecho a una muerte digna, sobre todo los enfermos terminales debido a los dolores insoportables que sufren, es decir dejar de vivir una vida que ya no tiene sentido, por no tener calidad y porque consideran que son una carga para su familia y la sociedad en su conjunto.

Desde mi punto de vista, el derecho a la vida es un bien jurídico tutelado de mayor jerarquía. Además que no se trata de un derecho humano toda vez que no está contemplado en ningún tratado internacional ni tampoco la autonomía de la voluntad personal no es superior al deber del Estado de amparar la vida de los individuos. La muerte no es un derecho, sino una consecuencia natural de la vida, asegurar que el enfermo terminal tiene derecho a una muerte digna se fundamenta en el derecho que tiene al decidir sobre su cuerpo, cuando autoriza a los médicos a prescindir de procedimientos o medicamentos. Este derecho del paciente terminal se encuentra plasmado en instrumentos nacionales e internacionales como lo dispone el artículo 166 Bis 3 de la Ley General de Salud. La eutanasia en nuestro país está penalizada, el código penal federal considera como delito el suicidio asistido y aunque se considera como homicidio piadoso, se persigue de oficio y la pena es menor. Hay que tomar en cuenta que en este tema converge distintos factores, políticos, morales, religiosos. Todas ellas a mi entender son materias de derecho porque el derecho las reduce a su verdadera dimensión, resumiéndolas en la idea de lo justo y de lo injusto. Además la vida y la muerte son una expresión de la voluntad de Dios. Nos guste o no nos guste, lo entendamos o no lo entendamos. Este es el reto.

cesar.fentanesbanda@gmail.com

La eutanasia... ¿Derecho personal o crimen?, ¿Qué es la Eutanasia? Una de las definiciones es la terminación deliberada de la vida de un paciente en orden a prevenir posteriores sufrimientos. Se entiende como acción y omisión que por su naturaleza o en la intención causa la muerte con el fin de eliminar cualquier dolor, actos que realiza un tercero por motivos piadosos, para acabar con el sufrimiento de personas que se encuentren en estado vegetativo o por sufrir una enfermedad dolorosa y terminal.

Jurídicamente se encuentra publicada la ley de voluntad anticipada para el Distrito Federal ahora Ciudad de México y la ley protectora de la dignidad del enfermo terminal para el Estado de Coahuila, los cuales hacen referencia a documentos denominados testamento vitales, voluntades anticipadas o disposiciones previsoras, lo cual también ha sido adoptado en otros Estados de la república.

De lo que se trata es suprimir la vida de pacientes incurables, en fase terminal o de quienes padecen daño cerebral irreversible, por lo que es una manifestación de solidaridad y compasión. Toda persona tiene derecho a una muerte digna, sobre todo los enfermos terminales debido a los dolores insoportables que sufren, es decir dejar de vivir una vida que ya no tiene sentido, por no tener calidad y porque consideran que son una carga para su familia y la sociedad en su conjunto.

Desde mi punto de vista, el derecho a la vida es un bien jurídico tutelado de mayor jerarquía. Además que no se trata de un derecho humano toda vez que no está contemplado en ningún tratado internacional ni tampoco la autonomía de la voluntad personal no es superior al deber del Estado de amparar la vida de los individuos. La muerte no es un derecho, sino una consecuencia natural de la vida, asegurar que el enfermo terminal tiene derecho a una muerte digna se fundamenta en el derecho que tiene al decidir sobre su cuerpo, cuando autoriza a los médicos a prescindir de procedimientos o medicamentos. Este derecho del paciente terminal se encuentra plasmado en instrumentos nacionales e internacionales como lo dispone el artículo 166 Bis 3 de la Ley General de Salud. La eutanasia en nuestro país está penalizada, el código penal federal considera como delito el suicidio asistido y aunque se considera como homicidio piadoso, se persigue de oficio y la pena es menor. Hay que tomar en cuenta que en este tema converge distintos factores, políticos, morales, religiosos. Todas ellas a mi entender son materias de derecho porque el derecho las reduce a su verdadera dimensión, resumiéndolas en la idea de lo justo y de lo injusto. Además la vida y la muerte son una expresión de la voluntad de Dios. Nos guste o no nos guste, lo entendamos o no lo entendamos. Este es el reto.

cesar.fentanesbanda@gmail.com