/ martes 12 de julio de 2022

Pre-textos del caimán | Mobbing: Acoso laboral

Es una realidad que las niñas, los niños y adolescentes sufren un acoso, no sólo psicológico, también físico. Es de todos conocido que el bullying (bulear, como ahora se dice en español) ha estado presente en nuestras vidas desde hace varias décadas, pero ahora este fenómeno se ha convertido en un tema de primera importancia en los ámbitos escolares, sociales y profesionales.

Resulta preocupante que, además del bullying, el acoso sexual se ha expandido en los distintos espacios de la vida cotidiana. El maltrato psicológico ejercido por “el jefe” en contra de los empleados, conocido como mobbing, es una práctica común tanto en la esfera pública como en la privada, su presencia resulta inquietante pues mientras lees esta columna, muchas personas lo están padeciendo.

En un sondeo realizado por Statista (es.estatista.com) en 1919, el 12.3% de los encuestados en México dijo haber sido víctima de acoso en el ámbito laboral. Del total de esas personas, el 44% fue por acoso de tipo sexual. En la actualidad, una de cada diez personas lo padece, lo que, en la mayoría de los casos, provoca la baja o renuncia del puesto de trabajo.

En el caso del acoso sexual, en más del 70%, el acosador es el jefe de la oficina pública o de la empresa, incluso, se sabe, que aun cuando el jefe sea una mujer, es frecuente acosar a otra. Hoy en día es muy difícil encontrar empatía y solidaridad ante situaciones de acoso; por el contrario, el grupo suele dividirse y tomar partido, generalmente en contra de la acosada.

Los conflictos se presentan cada día y abarca un 15 % de la población laboral.

El acoso laboral se constituye por un tipo de conductas de hostigamiento psicológico que tienen como finalidad desacreditar la capacidad y la reputación profesional y personal; no obstante, se considera como mobbing, cuando se presentan algunas de las siguientes condiciones: Que el acoso se produzca en el lugar de trabajo, que hay una intención de hacer daño a la víctima, que sea reiterado, que atente contra los derechos elementales: dignidad e integración moral.

Por ejemplo, cuando se le descalifica en el trabajo, cuando se le ridiculiza públicamente, cuando se le ignora, cuando se le asignan tareas o comisiones de poca importancia, propias de categorías laborales inferiores, cuando se le atribuyen problemas mentales o cuando, sistemáticamente se le niegan o hacen a un lado las sugerencias de mejora de la empresa u oficina.

Aunque es difícil diferenciarlo, por su carácter ambiguo y por opaco, se puede decir que no hay mobbing cuando: la persona es una víctima más de un jefe ignorante, déspota y machista, que suele tratar mal a todo el personal.

Cuando se le asignan tareas o cargas de trabajo exageradas, siempre y cuando no sean tareas imposibles de cumplir; sufrir una agresión o un acoso sexual (¡!), pero espérate, no se considera acoso laboral si vulneran tus derechos, es decir, que te amplíen la carga horaria, que te reduzcan el salario o que te despidan. ¡Vaya con la osa! De acuerdo, no es acoso laboral pero sí se trata de acciones que lastiman los derechos de las personas y, por supuesto, se trata de situaciones que se pueden y deben denunciar para castigar al responsable.

Es verdad que muchas de las personas que padecen acoso laboral suelen acostumbrarse o en el mejor de los casos, cambiarse de trabajo.

Otras, sin embargo, terminan padeciendo estrés postraumático, depresión y ansiedad. Enfermedades que fueron provocadas directamente por el acosador y que, a fin de cuentas, logra su propósito cuando la víctima causa baja por enfermedad o renuncia a su empleo. Casos así ocurren todos los días en todos los niveles del medio laboral.

¿Qué se puede hacer? Lo primero es que no te aísles. Platica con tus compañeras de trabajo acerca de tu situación y busca, por lo menos, su comprensión y solidaridad. Si son realmente leales contigo te procurarán cierto cuidado y evitarán que el problema se agudice.

Deben tener presente que en cualquier momento el acoso cambia y podrían ser ellas las que lo padezcan. También es bueno tratar el tema con las amigas y la familia, son quienes mejor pueden entender tu situación y ofrecerte alternativas para resolverlo.

Toma nota de los acontecimientos. Escribe cuándo fue, a qué hora, el motivo y el tipo de maltrato: verbal, psicológico, físico, emocional. Apunta quiénes estuvieron presentes, pues podrían fungir como testigos. Si te es posible graba la situación en un video.

En caso de que tangas evidencias, guárdalas, así se trate de correos electrónicos, oficios de comisión, tipo de trabajo que se te solicitó, etc., es decir, todo aquello que pueda considerarse como evidencia del acoso. Si consideras necesario, busca apoyo psicológico, solicita un informe médico.

Aunque es lo menos aconsejable, también puedes considerar la posibilidad de encontrar una solución. Buscar en la medida de lo posible una mediación entre el acosador y las autoridades superiores. En muchos casos se consigue un cambio de departamento o de un nuevo jefe.

Si no funciona, entonces debes denunciar, dependiendo del tipo de acoso puede ser una de tipo civil o penal, según sea el acoso y el daño causado. Por ejemplo, si te solicitan tareas o si te llegan correos fuera del horario laboral, llamadas a tu domicilio personal, en todos esos casos se ha podido castigar al acosador, pues implica una violación de tus derechos laborales.

Considera que esas condiciones provocan desgaste físico, emocional, afecciones gástricas, úlceras, palpitación ocular, estado de alerta e insomnio. Todo eso puede ser motivo de una sanción.

Aunque se trata de un tema que requiere un espacio aparte, el acoso sexual también se encuentra presente y, lastimosamente, va en aumento a partir de la pandemia que inició en 2020. En las redes sociales, particularmente Facebook y Twitter, el acoso sexual se ha incrementado.

De acuerdo con una encuesta de 2018 del INEGI, se considera como acoso, alguna o algunas de las siguientes acciones: Recibir mensajes o llamadas ofensivos, con insultos o burlas; que una persona publique información personal, fotos o videos (falsos o verdaderos) para dañar (actualmente ya se castiga a través de la conocida Ley Olimpia); recibir insinuaciones o propuestas de tipo sexual. Recibir fotos o videos con contenido sexual que te moleste.

De acuerdo con las cifras del INEGI, en nuestro país más de 61 millones de personas se declaran usuarios de la Internet, en cualquier tipo de dispositivo. Sólo por darte un ejemplo, la semana pasada se presentaron múltiples casos de acoso sexual, debido a que circuló en redes un supuesto “pack” de diputadas de un partido político.

Un tuitero “N” publicó: “Ni escribir sabe, solo con el pack supongo que también incluye abrir las piernas. Para lograr el puesto” (sic). Otro tuitero: “Lo que no quiere la diputada federal (…) es que salga el pack de antes y después de las cirugías. Tiene buena mano Alito”; uno más: “… ahora entendemos cómo alguien con una capacidad intelectual tan básica como la tuya, pueda ser diputada federal! Cuántos pack te costo el curul?” (sic).

Es una lástima que se acose de tal manera a las mujeres, independientemente de si se tomaron o no fotos o videos con carácter sexual y de los propósitos que haya detrás de tal acción. Cualquier tipo de acoso debe ser combatido y castigado, que haya sentenciados es una tarea incumplida hasta la fecha.

  • E-mail: ernesto.jimher@gmail.com
  • Twitter: @OsirisJimenez