El día de hoy miércoles 29 de mayo se cumplen los nueve días de los que hablamos en nuestra editorial anterior y definían, desde el punto de vista de nuestra narrativa, la agenda de cierre de todos los candidatos, pero también la de apertura a una AGENDA ESTRATÉGICA, para entrar de lleno a la jornada electoral del 2 de junio, que a partir de ese momento dará paso a una siguiente etapa de gran prioridad. De eso hablaremos hoy.
En nuestro país se dice cuando se habla de elecciones que lo que no se gana en las urnas, se gana en los tribunales, asunto que más que una frase es una realidad jurídica que ha definido y definirá candidaturas a TODOS los nivele, desde alcaldes hasta la PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.
Tema del que se irá vislumbrando un rumbo en todas las entidades y en cada elección justamente en las primeras horas del día 3 de junio, así como en los siguientes días en la que entrarán como si fuera un cambio de jugadores, todos los equipos de abogados. La experiencia que estos tengan, y LAS RELACIONES de los mismos, serán necesarias para hacer girar un virtual triunfo, con o sin constancia.
Como una referencia en nuestra historia contemporánea más reciente, se anularon dos elecciones a gubernatura en nuestro país. En el 2000 en Tabasco, en donde los porcentajes fueron: para Manuel Andrade Díaz (del PRI) 43.31% y para el candidato en ese entonces del PRD el 43.22%. En alianza jurídica con el PRD, desconocieron la elección, y señalaron de intervención al entonces gobernador Roberto Madrazo Pintado; en consecuencia el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la elección.
En 2003 en Colima, en teoría ganó el PRI con 41.6% de los votos, obteniendo el PAN 34.3%. En este caso, el mismo TEPJF anuló la elección por diversas quejas y denuncias, pero específicamente porque se dijo que Fernando Moreno Peña, gobernador de la entidad, utilizó recursos públicos para favorecer al candidato del PRI. Fue también en Colima en 2015 en donde el candidato del PRI en alianza con el PVEM obtuvo el 39.82% de la votación y Jorge Luis Preciado Rodríguez del PAN el 39. 65% del total en las urnas, elección también anulada por el TEPJF.
Hay en particular un dato muy importante en estas impugnaciones: que la diferencia porcentual es mínima, pero que también cuenta cómo probar lo denunciado y aunque no siempre se ha ganado en dichas impugnaciones y en otras, es un hecho que ahora en el 2024 esto sí puede causar efectos secundarios jurídicamente hablando, y que como ya lo decíamos habrán de estar preparados para esa contienda en los juzgados, candidatos coaliciones y equipo especial.
Entrando en materia sobre lo que está por venir en el resultado de estas elecciones de 2024, es importante tener presente que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, es la última instancia jurisdiccional en materia electoral en México. Esta entidad resuelve de manera definitiva e inapelable las controversias electorales, presentadas por ciudadanos, candidatos y partidos políticos.
Es muy importante precisar para DIMENSIONAR la importancia de esta autoridad que es por su competencia la única instancia que resuelve los medios de impugnación en la elección de gobernadores y de PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Sala que está conformada por siete magistrados, de los cuales actualmente existen dos vacantes debido a conclusiones de encargos de los magistrados José Luis Vargas Valdez, e Indalfer Infante Gonzáles.
Aunque la sala, es decir esta autoridad, de acuerdo al artículo 167 de la ley orgánica del Poder Judicial de la Federación, únicamente requeriría de al menos 4 magistrados para sesionar válidamente, las sentencias se votan por unanimidad, por mayoría calificada o simple, y en caso de empate el presidente de la misma tiene voto de calidad.
Sin embargo, para la validación de la elección presidencial es necesaria la presencia de al menos seis magistrados en el momento de resolver. Por lo que tomando en cuenta que únicamente hay CINCO, en el caso de que hubiera una impugnación presidencial con cierto sustento, podría abrirse un escenario complicado en el país a juicio de algunos, pero lo cierto es que más allá de cómo se aproveche mediáticamente este limbo y cómo se especule al respecto, sí existe fundamento jurídico para que los propios magistrados puedan nombrar un suplente temporal para que exista el quórum suficiente y se dé legalidad a la Presidencia de México.
Aún así, se debería estar llegando a esta etapa con los siete magistrados, debidamente nombrados, no solamente por un tema de quórum jurídico, sino también por un asunto de legitimidad y credibilidad respecto a las resoluciones y al escenario político que se vive en nuestro país. Hasta pronto.